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Fuente: DolarAPI / ArgentinaDatos

La Justicia volvió a intimar al Gobierno por el financiamiento universitario y le dio cinco días para cumplir

El juez Martín Cormick consideró que el Estado no acreditó el cumplimiento completo de la medida cautelar sobre salarios docentes y no docentes y becas estudiantiles. La resolución toma una inflación acumulada del 312,19% entre diciembre de 2023 y junio de 2026 y advierte que podría aplicar multas.

30 Sep, 2026 · 12:47

marcha federal universitaria

El juez Martín Cormick consideró que el Estado no acreditó el cumplimiento completo de la medida cautelar sobre salarios docentes y no docentes y becas estudiantiles. La resolución toma una inflación acumulada del 312,19% entre diciembre de 2023 y junio de 2026 y advierte que podría aplicar multas.

La Justicia volvió a exigirle al Gobierno que cumpla con la medida cautelar que ordena aplicar dos puntos de la Ley de Financiamiento Universitario: la actualización de los salarios de docentes y no docentes y la recomposición de las becas estudiantiles. El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick le dio al Estado un nuevo plazo de cinco días y advirtió que, si no cumple, podrá imponer astreintes, es decir, multas por cada incumplimiento.

La nueva resolución fue dictada después de que el Gobierno presentara un pedido de revocatoria contra la intimación anterior. Cormick amplió entonces los fundamentos de su decisión y ratificó que la medida cautelar continúa vigente. Si bien reconoció que el Estado acreditó algunos avances, como convocatorias a negociaciones paritarias y la efectivización de órdenes de pago, consideró que no demostró que los salarios hayan sido actualizados de acuerdo con los criterios establecidos por la ley.

Para evaluar ese punto, el magistrado tomó como referencia la inflación acumulada entre el 1° de diciembre de 2023 y junio de 2026. Según el IPC del INDEC citado en la resolución, durante ese período alcanzó el 312,19%. A partir de ese dato, Cormick sostuvo que de la documentación presentada por el Estado “no se advierte que se haya alcanzado dicho incremento” y rechazó el argumento oficial de que la cautelar ya había sido cumplida. El juzgado ya había descartado esa interpretación el 1° de septiembre, en una decisión que quedó firme.

El segundo incumplimiento señalado por la Justicia está relacionado con las becas estudiantiles. La Ley 27.795 establece que los programas deben ser recomponidos de acuerdo con la variación acumulada del IPC e incluye al Progresar, Manuel Belgrano, Enfermería y otras becas. Sin embargo, el Gobierno sostuvo que solamente la Beca Manuel Belgrano quedaba comprendida por la norma. Para Cormick, esa explicación tampoco alcanza para acreditar el cumplimiento de la cautelar, porque el Estado “admite haber dado tratamiento en lo atinente a las becas únicamente en relación a una de ellas”.

Por eso, el juez volvió a intimar al Poder Ejecutivo a cumplir la medida en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de aplicar astreintes, y rechazó conceder el recurso de apelación presentado en subsidio. La cautelar fue dictada en una causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires y, según la resolución, se encuentra firme luego de que la Corte Suprema avalara la decisión judicial en junio.